Las penas impuestas y definitivas son:
- Kamal Trayah, Mohamed Manolo, El
Mahjoub Aoislad Chiekh, Dalbouh Barekala, Hassana Elouali y Atiko Barray fueron condenados a 3 años de
prisión (misma condena que en 1ª instancia);
- Elalaui Hamada, El Gazari Omar fueron condenados a 3 años de
prisión (1 año y medio en 1ª instancia)
- Hakalid Amayum fue condenado a un año de prisión,
no modificando la sentencia de instancia el Tribunal de Apelación.
Con respecto a
los imputados saharauis Abdelaziz Baray y Amaur Sadat, el juicio se tuvo
que suspender ya que el abogado de uno de ellos no se presentó, por lo que el
Tribunal acordó la suspensión de vista y fijó nueva fecha para su celebración: 9
de octubre de 2012.
A los juicios
asistieron como observadores jurídicos María Dolores Travieso, Francisco
Serrano Ramírez, Javier Ruiz García, Francisco Javier Callejas Marín y Andrés
M. Marín García, estos dos últimos del AIODH.
El Tribunal
comenzó la sesión a las 9 horas. La vista Oral contra los activistas detenidos
en Dakhla en octubre de 2011, acusados de los disturbios acaecidos durante un
partido de futbol, comenzó a las 9:30h de la mañana y se dividió en varias partes.
Los presos saharauis entraron en varios grupos, celebrándose una vista
totalmente independiente por cada uno de los referidos grupos, ya que al igual
que en la primera instancia, a pesar de referirse a unos mismos hechos, cada
grupo tuvo su propia sentencia diferenciada, las unas de las otras.
En esta
ocasión, el primer grupo que entró en Sala fue el de los activistas saharauis
condenados a 3 años de prisión a los cuales el tribunal no les varió las penas.
Se mantuvo en pena de prisión de 3 años para cada uno de ellos.
A partir de
este momento, el resto de los presos fueron entrando de dos en dos o
individualmente. La celebración de la Vista estuvo secundada por el apoyo de
los saharauis presentes, la mayoría mujeres, las cuales no dejaron de vitorear y
apoyar a los suyos con aplausos y el grito tradicional saharaui ante la
posición que adoptaron los inculpados en el Tribunal defendiendo su inocencia y
manifestando abiertamente que se encontraban allí por mostrarse a favor del derecho a la autodeterminación
del pueblo saharaui.
El momento más
duro de la sesión fue cuando Elalaui Hamada, El Gazari Omar, entre lagrimas,
denunciaron ante el Tribunal, que, tras su detención, habían sido violados
reiteradamente por la policía marroquí. A estas alegaciones los magistrados
reaccionaron de forma indiferente, y fueron mandados a callar.
Los abogados
defensores fueron los habituales en los asuntos seguidos contra saharauis:
Mohamed Fadel Leili, Mohamed Boujali, Erguebi Mohamed Lehbi y Abosid. Estos
alegaron que habían existido irregularidades durante la tramitación del
procedimiento, y que habían sido vulnerados los derechos constitucionales de
los mismos, ya que las declaraciones existentes en el informe policial habían
sido obtenidas mediante la aplicación de torturas y coacciones. Alegación que
confirmaron todos y cada uno de los enjuiciados ante el Tribunal.
Reiteraron la
falta de igualdad en la aplicación del derecho penal nacional entre los
marroquíes y saharauis, la violación por parte de Marruecos de sus compromisos
en la defensa y protección de los derechos humanos, tanto internacionales como
internos, así como que el juicio no era un juicio por delitos comunes, sino que
era un juicio político.
Todas y cada
una de las alegaciones vertidas por las defensas referentes al carácter
político del juicio, quedó confirmada con la sentencia, la cual, reiteramos, de
forma sorpresiva aumentó las condenas de los imputados.
Tras
entrevistarnos con uno de los letrados de la defensa, comentó que posiblemente los motivos por el
que el Tribunal de apelación aumento sus penas fue para castigar la actitud
altiva de los imputados durante el acto de la vista, así como las declaraciones
que realizaron al relator de la ONU durante su visita a la Cárcel Negra del
Aaiun semanas atrás. Declaraciones que denunciaban abiertamente las torturas a
las que habían sido sometidos por parte de los policías, y las cuales han sido
oficialmente incluidas en el informe del referido Relator (José Méndez).
También el
mismo día 25 de septiembre, se celebraron otras dos apelaciones por la que
fueron condenados Ghali Bouhalla, Biza
Mohamed a 3 años de prisión acusados por los disturbios de la manifestación
del pasado 29 de mayo de 2012 en al Aaiun; y de igual forma, Mustafa El Boudali fue condenado a un año y medio de prisión por colgar la
bandera de la RASD en un poste de electricidad, también en la ciudad del Aaiun.
El día antes
de los señalamientos, nos reunimos con el abogado de la defensa, el Sr. Fadel
Leili así como con el Procurador General del Rey, el Sr. Bin Salem a los
efectos que nos comentasen su postura y opinión sobre los Juicios en cuestión.
El primero de ellos contestó a todo lo que le preguntamos al respecto. No así
el Procurador, el cual alegó que no podía hablar con nosotros sobre aspectos
del juicio.
También
intentamos reunirnos con el Presidente del Tribunal, el cual no nos pudo
recibir ya que se encontraba reunido.
A su vez, una
vez finalizadas las Vistas, nos reunimos con la familia de Said Dambar. La
hermana de Said, Mettu Dambar, nos narró el escalofriante relato del
asesinato de su hermano Said, así como
las continuas agresiones y amenazas que han estado recibiendo por parte de la
policía marroquí desde entonces, y que merece un informe individualizado.
Tras reunirnos
con la familia Dambar, nos entrevistamos con el presidente de CODAPSO, el Sr. Sidi
Mohamed Dadach, con varios activistas de este comité, así como de CSPRON en
el domicilio del primero.
Brevemente
comentaremos, que aunque el trato por parte del Tribunal a los Observadores,
así como el del Procurador del Rey y el resto de los funcionarios del Juzgado
fue correcto, los juicios contra los saharauis siguen siendo una pantomima para
intentar hacer ver a la Comunidad Internacional que los ciudadanos de origen
saharaui son tratados con los mismos derechos que los ciudadanos de origen
marroquí. Los juicios vulneran todos y cada uno de los derechos fundamentales
de los imputados. No respetan el procedimiento legal establecido, vulneran
abiertamente el derecho a la presunción de inocencia, y, para conseguir
enjuiciar a los activistas de derechos humanos saharauis así como a cualquier
saharaui que manifieste abiertamente su ideología, se inventan la comisión de
delitos comunes, crean atestados policiales y fuerzan a los saharauis a firmar
declaraciones inculpatorias tras someterlos a métodos de torturas, llegando
incluso a la violación.
En definitiva,
El Reino de Marruecos sigue vulnerando deliberadamente los Convenios
Internacionales referentes a Derechos Humanos y Civiles. En concreto vulneran
de forma explícita el Convenio Internacional contra las Torturas y Trato
Degradante. Incluso vulnera su propia legislación interna, cuando se trata de
enjuiciar a ciudadanos saharauis que reivindican su derecho a la
autodeterminación reconocido por Naciones Unidas y la Comunidad Internacional.
El Aaiun a 25
de septiembre de 2012.
NOTA: MÁS ADELANTE COLGAREMOS LOS INFORMES JURÍDICO Y CIVIL DE LA MISIÓN DE OBSERVACIÓN QUE SE REALIZÓ EN EL AAIUN LOS DÍAS, 24 Y 25 DE SEPTIEMBRE DE 2012.
NOTA: MÁS ADELANTE COLGAREMOS LOS INFORMES JURÍDICO Y CIVIL DE LA MISIÓN DE OBSERVACIÓN QUE SE REALIZÓ EN EL AAIUN LOS DÍAS, 24 Y 25 DE SEPTIEMBRE DE 2012.
Fuente: Asociación Internacional para la Obsevación de los Derechos Humanos, (AIODH).
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