EL "SÍ" DEL
PARLAMENTO EUROPEO SUPONE UN ''DURO MAZAZO'' PARA EL CAMPO ESPAÑOL. HIPOTECA EL
FUTURO DE 250.000 EXPLOTACIONES DE FRUTAS Y HORTALIZAS Y AMENAZA 450.000
EMPLEOS.
El informe jurídico que están ultimando los Servicios Técnicos de esta organización recoge la vulneración de la normativa comunitaria, en materia de derechos fundamentales de los consumidores, y atenta contra la legalidad internacional, en lo referente a la inclusión de los territorios del Sáhara Occidental.
La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) considera un duro mazazo para el campo español la ratificación del nuevo acuerdo de libre de comercio con Marruecos ya que hipoteca el futuro de 250.000 explotaciones hortofrutícolas y amenaza 450.000 puestos de trabajo y más de 8.500 millones de euros en exportaciones al año. “No nos vamos a quedar de brazos cruzados viendo como la UE abandona a su suerte a los productores de frutas y hortalizas españoles, facilitando la entrada sin control de productos marroquís cultivados con sueldos de miseria ( 5 euros/día frente a 50€ en España), con nulas garantías sociales para los trabajadores y con la utilización de fitosanitarios para el tratamiento de plagas prohibidos hace décadas en la UE por su agresividad”
, ha afirmado Andrés Góngora, responsable de frutas y hortalizas de COAG.
Por este motivo, COAG recurrirá ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la ratificación del nuevo Acuerdo. El informe jurídico que están ultimando los Servicios Técnicos de esta organización recoge la vulneración de la normativa comunitaria e internacional en materia de derechos fundamentales de los consumidores y ciudadanos europeos. El recurso se fundamentará, entre otras cuestiones, en tres aspectos:
1. COAG detallará en su argumentación jurídica que las producciones procedentes de terceros países que no cumplen con las exigentes normativas europeas en materia laboral, social, ambiental, etc…, provocan un desequilibrio evidente en el mercado europeo y una competencia desleal para los productores agrarios comunitarios, ya que las importaciones no juegan con las mismas condiciones de legalidad y lealtad que todos los agentes del mercado
2. Asimismo, se estima que se está produciendo una clara vulneración y un perjuicio de los derechos de los ciudadanos comunitarios como consumidores, en lo que concierne a la veracidad de la información contenida en el etiquetado de los productos respecto a la procedencia de los mismos. “Por ejemplo, la legislación europea de frutas y hortalizas establece que los productos del sector destinados a ser vendidos frescos al consumidor solo podrán comercializarse si en ellos figura la indicación del país de origen. Ahora bien, la capacidad del consumidor europeo para discernir si un producto etiquetado como originario de Marruecos procede de este Reino, o bien procede del Territorio no autónomo del Sahara Occidental, se encuentra limitada y sus derechos, en este sentido, vulnerados”, ha concretado Andrés Góngora, responsable de frutas y hortalizas de COAG.
3. Y en tercer lugar, COAG alegará que la Unión Europea no puede avalar Acuerdos de Asociación en los que una de las partes firmantes está vulnerando constantemente la legalidad y las obligaciones internacionales. “Consideramos que el Reino de Marruecos está realizando un uso o apropiación indebida de productos del territorio Saharaui. Marruecos está administrando de facto este territorio para sus propios intereses, (cuando la ONU no reconoce su soberanía sobre los territorios del Sáhara Occidental), sin tener en consideración las obligaciones internacionales impuestas por Naciones Unidas referente a los intereses, deseos o beneficios de la población saharaui”, ha señalado Góngora.
Este recurso es un paso más dentro de la línea de trabajo que COAG venía manteniendo en los últimos años. En abril de 2011, y al amparo del Derecho de Petición Ciudadano regulado en el art. 2 y art. 194 del Tratado de la Unión Europea, esta organización registró en el Parlamento Europeo una petición formal en la que se solicitaba a la UE la suspensión de la aplicación del actual Acuerdo de Asociación UE-Marruecos en vigor en tanto en cuanto no se adoptaran las medidas y acciones pertinentes para evitar las vulneraciones de los derechos de los ciudadanos europeos.
Fuente: 16-02-2012 | COAG
No hay comentarios:
Publicar un comentario