LA SECRETARÍA GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA ONU, EN ENERO DE 2002, CONSIDERÓ ILEGAL LA EXTRACCIÓN DE FOSFATO EN EL SAHARA OCCIDENTAL. LO COMPARABA CON LOS RECURSOS QUE SUDÁFRICA EXTRAÍA DE NAMIBIA Y QUE LA ONU CONDENÓ ENÉRGICAMENTE. SIN EMBARGO, SÓLO ESTA SEMANA AL MENOS 150.000 TONELADAS DE FOSFATO SAHARAUI SE DESCAGARÁN EN PUERTOS DE COLOMBIA, NUEVA ZELANDA O ESTADOS UNIDOS.
La explotación de uranio y otros recursos naturales en Namibia por parte de Sudáfrica y diversas empresas multinacionales occidentales fue declarada ilegal en el Decreto No. 1 para la protección de los recursos naturales de Namibia, promulgado en 1974 por el Consejo de las Naciones Unidas para Namibia, y condenado por la Asamblea General de la ONU.
Explotación, recursos naturales, empresas multinacionales, ilegal, condenado por la Asamblea General de la ONU. Son algunas de las palabras clave del argumento que encabeza esta información. Fue el argumento 19 que utilizó Hans Corell, Secretario General Adjunto de Asuntos Jurídicos de Naciones Unidas en 2002 a Kofi Annan. Era su opinión sobre la legalidad que rodea a la extracción de materias primas en el Sahara Occidental. Una comparación histórica que, ironías, viene hoy con el desarrollo de Sudáfrica y la celebración del Mundial en aquel país a ser un modelo exacto en el que fijarse. Sólo que cambiemos el oro y los diamantes por el fosfato.
Bakú, capital de Azerbaijan, es también el nombre de un buque turco. Un barco con bandera de Turquía que comercia con Colombia. En abril de este mismo año hizo un viaje entre el Sahara Occidental y Barranquilla para trasladar, al menos, 13.000 toneladas de fosfato. La empresa que gestionó el envío fue Deval Shipping and Trading, según Western Sahara Resource Watch.
Nueva Zelanda, en las antípodas, es otro de los países que se beneficia del marasmo que rodea la legislación internacional y que es incorpóreo cuando se habla del Sahara Occidental. Durante la semana que transcurre ahora mismo (entre el 21 y el 17 de junio), dos barcos, al menos, descargarán más de 50.000 toneladas de fosfato extraído de forma ilegal en los puertos más importantes del país. Los tributos, el precio de la materia, el puerto y todo lo que tenga que ver con el dinero que supone la extracción y la venta se ha negociado con Marruecos, que asume la soberanía de las riquezas del territorio en conflicto ante la inacción de las organizaciones supranacionales que podrían imponer sanciones. Y obtiene un importante lucro por ello.
Abundando en el ejemplo neozelandés, uno de los buques en los que se saca el fosfato de puertos saharauis es propiedad de un ciudadano japonés, llamado Fukusei Sangyo, pero el servicio se lo hace a una empresa local. El segundo de los barcos trabaja también para una dos empresas neozelandesas (Ravensdown y Ballance Agrinutrientes). En 2008 ya trasladó 50.000 toneladas de fosfato y esta misma semana descargará una cantidad similar.
Pero no sólo en Colombia o Nueva Zelanda, con la colaboración de Turquía se quedan los ejemplos que evidencian la continua extracción y comercialización del fosfato. Estados Unidos también se beneficia del fosfato saharui. Una empresa con base en Lousiana, en el Golfo de México, lleva meses negociando con este fosfato. La firma, de hecho, se ha convertido en la principal importadora de este mineral. Hace menos de un mes que la empresa americana habría recibido el último cargamento de fosfato. El buque que lo trasladó procedía de Singapur, pero era propiedad de la multinacional china de transporte marítimo COSCO.
Mientras algunos hacen negocio con las materias primas procedentes del territorio en litigio, decenas de miles de personas agonizan entre el desierto y el olvido, sin que el problema, de carácter político, tenga una solución que permita regularizar el comercio.
Hans Corell concluyó, entre otras cosas, que:
El principio según el cual los intereses de los pueblos de los Territorios no autónomos están por encima de todas las demás consideraciones, y su bienestar y desarrollo representan el "encargo sagrado" de sus respectivas Potencias administradoras, quedó consagrado en la Carta de las Naciones Unidas y se desarrolló posteriormente en las resoluciones de la Asamblea General relativas a la descolonización y las actividades económicas de los Territorios no autónomos. Al reconocer los derechos inalienables de los pueblos de los Territorios no autónomos sobre los recursos naturales de sus territorios, la Asamblea General ha condenado sistemáticamente la explotación y el saqueo de los recursos naturales y todas las actividades económicas que redundan en perjuicio de los intereses de los pueblos de esos Territorios y les usurpan sus derechos legítimos sobre los recursos naturales. No obstante, la Asamblea reconoció el valor de las actividades económicas que se llevan a cabo con la aquiescencia de los pueblos de esos Territorios, así como su contribución al desarrollo de tales Territorios.
Fuente: Guinguinbali.
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